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Préstamos entre particulares

Publicado el 22 abr 2026 · Última actualización: 31 may 2026

Los préstamos entre particulares son acuerdos de financiación directa entre personas físicas, al margen de bancos y entidades de crédito tradicionales. En España, este instrumento ha ganado visibilidad como alternativa informal de financiación, pero exige formalización documental y cumplimiento fiscal para ser plenamente válido ante la Agencia Tributaria.

Definición

¿Qué es préstamos entre particulares?

Un préstamo entre particulares es un contrato por el que una persona física (prestamista) entrega una suma de dinero a otra (prestatario), con la obligación de devolver el capital en los plazos pactados, con o sin intereses. A diferencia de un préstamo bancario, no interviene ninguna entidad de crédito supervisada por el Banco de España ni por la CNMV; la relación es estrictamente privada.

Desde el punto de vista operativo, el contrato puede formalizarse en documento privado o ante notario. El aspecto clave —y frecuentemente ignorado— es la obligación fiscal: todo préstamo entre particulares, incluso sin intereses, debe liquidarse ante Hacienda mediante el Modelo 600 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), en la modalidad «préstamo». El incumplimiento de este trámite no invalida el contrato, pero expone a las partes a sanciones tributarias. Este modelo se diferencia radicalmente del crowdlending, donde plataformas reguladas intermedian entre múltiples inversores y prestatarios.

Proceso

¿Cómo funciona paso a paso?

  1. 1

    Redactar el contrato privado

    Las partes acuerdan por escrito el capital, el plazo, el tipo de interés (o la ausencia de este) y las condiciones de devolución. Se recomienda firma con fecha fehaciente para evitar disputas posteriores sobre la existencia del préstamo.

  2. 2

    Presentar el Modelo 600

    El prestatario debe liquidar el Modelo 600 ante la comunidad autónoma correspondiente en los 30 días hábiles siguientes a la firma. Aunque el tipo impositivo es cero, la presentación es obligatoria para acreditar el acto ante Hacienda.

  3. 3

    Transferir el capital pactado

    El prestamista entrega el dinero preferiblemente mediante transferencia bancaria, lo que genera un rastro documental que puede resultar esencial en caso de inspección fiscal o conflicto entre las partes.

  4. 4

    Declarar los intereses percibidos

    Si el préstamo devenga intereses, el prestamista los integra en su base del ahorro del IRPF como rendimientos del capital mobiliario, con retención del 19 % aplicable si el prestatario actúa como retenedor obligado.

  5. 5

    Documentar la devolución

    Cada amortización parcial o el reembolso final deben quedar acreditados mediante transferencia o recibo firmado. Si el préstamo se condona, el importe condonado puede tributar como donación para el prestatario.

Análisis clave

Ventajas y riesgos

Ventajas
  • Acceso a financiación sin necesidad de scoring bancario ni aval formal.
  • Posibilidad de fijar interés cero, reduciendo el coste financiero total.
  • Flexibilidad en plazos y condiciones, negociadas libremente entre las partes.
  • Tramitación ágil si existe confianza previa entre prestamista y prestatario.
  • Utilidad como instrumento de planificación patrimonial familiar documentada.
Riesgos
  • Pérdida total del capital si el prestatario no devuelve el préstamo.
  • El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) no aplica; no existe cobertura pública.
  • Conflictos relacionales graves entre personas del entorno personal o familiar.
  • Riesgo de recaracterización fiscal como donación encubierta por parte de la AEAT.
  • Dificultad de recuperación judicial sin contrato correctamente formalizado y sellado.
Selección

¿Cómo elegir la plataforma adecuada?

Formalización contractual rigurosa
Un contrato detallado con capital, plazo, tipo de interés, cuadro de amortización y firmas fehacientes es la primera barrera frente a disputas. La elevación a escritura pública ante notario aporta la máxima seguridad, aunque no es obligatoria.
Cumplimiento del Modelo 600
Verificar qué comunidad autónoma es competente (la del prestatario) y presentar el modelo en plazo. Algunas CCAA permiten autoliquidación telemática. El incumplimiento genera recargos e intereses de demora, no la nulidad del contrato.
Capacidad real de devolución
El prestamista debe evaluar de forma objetiva la solvencia del prestatario antes de comprometer el capital. En préstamos familiares esta evaluación se omite habitualmente, lo que incrementa el riesgo de impago definitivo.
Trazabilidad bancaria del capital
Operar siempre mediante transferencia bancaria con concepto identificativo («préstamo según contrato de fecha X»). Los pagos en efectivo de importes superiores a 1.000 € están limitados por la Ley 11/2021 antifraude.
Tratamiento fiscal de los intereses
Definir desde el inicio si el préstamo es gratuito o retribuido afecta a la declaración de la renta de ambas partes. Un asesor fiscal puede evitar sorpresas al prestamista respecto a rendimientos imputados en préstamos sin interés entre entidades vinculadas.
Consejos

Consejos prácticos

Consejo 1: Formaliza siempre el contrato por escrito aunque sea entre familiares directos; la memoria falla.
Consejo 2: Presenta el Modelo 600 en los 30 días hábiles siguientes a la firma, aunque el tipo sea cero.
Consejo 3: Usa transferencia bancaria y conserva justificantes de cada cuota devuelta, sin excepción.
Consejo 4: Consulta con un asesor fiscal antes de acordar interés cero en préstamos de importes elevados.
Consejo 5: Si el prestatario incumple, la reclamación judicial requiere documento con fecha cierta; actúa pronto.
Consejo 6: Distingue entre un préstamo y una donación: la AEAT puede recalificar operaciones sin sustancia económica.
Comparativa

Préstamos entre particulares vs. otras inversiones

Los préstamos entre particulares difieren sustancialmente de otros instrumentos financieros en liquidez, regulación y protección del capital. La siguiente tabla compara los rasgos estructurales más relevantes para quien evalúa dónde colocar sus ahorros o cómo financiarse.

tagcriterioalternativa 1alternativa 2
Libre entre partesTicket mínimoCrowdlending (desde 50 €)Depósitos bancarios (desde 1 €)
Nula salvo acuerdo privadoLiquidezMercado secundario en algunas plataformasAlta (plazo pactado o cancelable)
Variable; puede ser 0 % si es sin interesesRentabilidad histórica4 %–12 % TAE según riesgo y plataforma2 %–3,5 % TAE (entorno actual)
Alto: pérdida total posible sin recursoRiesgoAlto: impago del prestatario, plataforma puede quebrarBajo: cubierto por FGD hasta 100.000 €
Rendimiento capital mobiliario + Modelo 600FiscalidadRendimiento capital mobiliario (retención 19 %)Rendimiento capital mobiliario (retención 19 %)
Recomendación editorial

Plataforma destacada

En mayo de 2026, este listado no incluye plataformas de crowdlending con valoración verificada asignadas específicamente a la categoría de préstamos entre particulares en CrowdRating.es. Si buscas plataformas reguladas como PSFP bajo el Reglamento ECSPR (UE) 2020/1503 y supervisadas por la CNMV que intermedien préstamos, consulta las categorías de crowdlending empresarial o inmobiliario donde sí existen ratings publicados.

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